Mercancías prohibidas
Existen una serie de mercancías cuya circulación no esté permitida de acuerdo con las leyes nacionales o internacionales aplicables por motivos de seguridad, de sanidad pública, utilidad general y de protección del servicio. La descripción que usted nos proporciona de su envío será revisada y en caso de tener conocimiento de que un envío contiene artículos prohibidos, se procederá a la cancelación de dicho envío, sin previo aviso, imputándose al usuario responsable cualquier gasto adicional de devolución, sobrecargo o gestión del mismo. Es importante que revise también aquellos artículos que no disponen de cobertura de seguro y si desea enviar las mercancías mencionadas le sugerimos que contrate un seguro usted mismo.
Artículos Prohibidos
- Líquidos en botellas de plástico o cristal que no viajen protegidos con embalajes especiales.
- Elementos electrónicos que contengan cualquier tipo de batería o pila (a países con trámites aduaneros).
- Medicamentos.
- Animales vivos o muertos.
- Mercancías peligrosas (ADR), incluso en cantidades limitadas (LQ). Del mismo modo se considerará como Artículo Prohibido cualquier mercancía embalada con distintivos ADR con independencia de su contenido real, pues se ven sujetas a las mismas sanciones administrativas que si de ellas se tratasen.
- Explosivos: fuegos artificiales, petardos, municiones, pólvora, bengalas;
- Materias corrosivas: baterías húmedas, mercurio, ácido clorhídrico;
- Gases comprimidos: mecheros, tanques de buceo, camping gas, aerosoles, extintores;
- Líquidos inflamables: encendedores de gasolina, líquidos para encendedor, pinturas al óleo, sustancias adhesivas, perfumes inflamables;
- Materias radiactivas;
- Sustancias inflamables: fósforos, carbones;
- Sustancias oxidantes: químicos generadores de oxígeno, peróxidos/polvos blanqueadores;
- Sustancias tóxicas e infecciosas: pesticidas, químicos agrícolas, compuestos de mercurio, bacterias, virus;
- Otros: productos magnetizados, motores, dióxido de carbono sólido (hielo seco).
- Objetos cuyo tráfico sea constitutivo de delito, tanto en el país de origen como de destino.
- El opio y sus derivados, la cocaína y demás estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
- Armas / Escopetas de aire comprimido / Pistolas / Rifles / Réplicas de Armas / Munición.
- Dinero (incluido talones al portador) / Títulos Valores / Moneda / Moneda falsa / Moneda de Colección / Divisas / Acciones.
- Muestras biológicas/ Restos humanos.
- Mercancías Perecederas (ATP) que precisan de unas condiciones de temperatura, humedad, luminosidad o manipulación específica.
- Transportes funerarios.
- Efectos timbrados, tales como sellos, alcohol o tabaco.
- Prohibiciones propias de los distintos países derivadas de la regulación nacional en material de importaciones.